El Tribunal de Justicia de la Unión Europea reconoce que el filtrado (NDR: que popularmente se conoce con el término de «capado») perjudica a los derechos fundamentales de los ciudadanos europeos.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha manifestado que el hecho de obligar a un proveedor de acceso a Internet a filtrar o a bloquear las comunicaciones electrónicas con el fin de proteger los derechos de propiedad intelectual es contrario al derecho europeo.
La decisión del tribunal supone un duro golpe a los partidarios de un filtrado generalizado en Internet. El pasado mes de abril, el abogado general del Tribunal de Justicia europeo, Pedro Cruz Villalón, estimó que el filtrado del acceso a Internet para luchar contra la piratería «perjudica, en principio, a los derechos garantizados por la Carta de los derechos fundamentales». El tribunal europeo ha seguido, pues, la recomendación del abogado general.
Según el derecho europeo, el tribunal ha revisado el caso que enfrentaba a los autores belgas con el proveedor de acceso a Internet Scarlet, que cuestionaba la legalidad y las modalidades de filtrado. Este proveedor de acceso siempre ha manifestado su incapacidad para poner en funcionamiento un filtrado eficaz, reclamado por SABAM (los gestores de derechos belgas).
La justicia europea ha fallado en pro de un «equilibrio justo» entre el derecho de propiedad intelectual, por una parte, y la libertad de empresa, el derecho a la protección de datos personales y la libre circulación de informaciones, por otra.
Agence France Presse