


El expediente tiene origen en diversas denuncias provenientes de Cableuropa, S.A.U., Tenaria, S.A., Telecable Asturias, S.A.U., R Cable y Telecomunicaciones Galicia, S.A., y Euskaltel S.A. (Operadores de Cable), Mediaproducción S.L (MEDIAPRO), Asociación Nacional de Operadores de Telecomunicaciones y Servicios de Internet (AOTEC), y France Telecom España, S.A.U. (ORANGE) por posibles infracciones de la normativa de competencia en relación con la explotación de los canales Canal+ Liga y Canal+ Liga de Campeones, según ha informado la CNC.
La CNC considera que existen indicios de una infracción del artículo 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) por parte de Canal+, consistente en un «abuso de su posición de dominio» en el mercado de reventa de derechos audiovisuales de Liga y Copa del Rey de fútbol, en particular, a través del «establecimiento de condiciones inequitativas» y discriminatorias a la hora de comercializar a nivel mayorista el canal Canal+ Liga.
Asimismo, la dirección de investigación ha apreciado indicios de una infracción del artículo 1 de la LDC y del artículo 101 del TFUE, derivada de los acuerdos y actuaciones concertadas entre Canal+ y Telefónica a la hora de explotar los canales Canal+ Liga y Canal+ Liga de Campeones, que «podrían estar excluyendo injustificadamente a terceros operadores de televisión de pago».
Finalmente, la dirección de investigación entiende que existen indicios de una infracción del artículo 1 de la LDC y del artículo 101 del TFUE, derivada del acuerdo de puesta en común y explotación de los derechos audiovisuales de Liga y Copa del Rey de fútbol para las temporadas 2012/2013 a 2014/2015 entre Canal+ y Mediapro.
Concretamente, Competencia entiende que el pacto de no competencia alcanzado entre estas dos compañía de cara a la comercialización mayorista de canales de televisión de pago con contenidos de Liga y Copa del Rey de fútbol puede restringir la competencia y «podría no estar justificado objetivamente».
Tras un periodo de información reservada, con fecha 5 de diciembre de 2012 la dirección de investigación de la CNC ha acordado la apertura de un expediente sancionador contra Canal+, Telefónica y Mediapro. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNC.