La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa a Vodafone España de más de ocho millones de euros por haber vulnerado distintas normativas de este ámbito, al haber llevado a cabo acciones de marketing y prospección comercial a través de llamadas telefónicas y envío de comunicaciones comerciales electrónicas.

En su resolución, de casi 100 páginas, se indica que el proceso se inició en 2018, tras recibir la AEPD denuncia de la realización de acciones de mercadotecnia y prospección comercial en nombre y por cuenta de Vodafone a través de llamadas telefónicas y mediante envío de comunicaciones comerciales electrónicas (mensajes SMS y correos electrónicos). Entre esa fecha y principios de 2020, recibió cerca de 200 denuncias. La sanción está derivada de la utilización de bases de datos personales para distintas acciones comerciales.

En su resolución, la AEPD ha impuesto hasta cuatro sanciones. La primera, de cuatro millones de euros, por vulnerar el artículo 24 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD); otra de dos millones por infracción del artículo 44 del RGPD, una tercera de dos millones por infracción del artículo 48.1 de la Ley General de Telecomunicaciones (LGT); y una cuarta de 150.000 euros por infracción del artículo 21 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE).

La AEPD ha dado un plazo de seis meses a Vodafone España para que acredite que se ha ajustado a lo dispuesto en el RGPD y la LOPDGD. Además, el organismo advierte de que el sancionado tendrá que hacer efectiva la multa una vez que la resolución sea ejecutiva.

Vodafone ha calificado la resolución de desproporcionada, ejemplarizante e injusta. “Hoy vamos a presentar recurso de reposición ante la AEPD y, en función de lo que finalmente decida, dejamos abierta la posibilidad de interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, dado que entendemos que la responsabilidad que se imputa a Vodafone no nos corresponde. Son las entidades que actúan como responsables del tratamiento de los datos de los afectados las que deben responder de las imputaciones de la AEPD”, dice la operadora.

cincodias

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