El auto judicial, conocido ayer, evalúa en esa cantidad los daños causados a MEDIAPRO por las medidas cautelares que PRISA solicitó al Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Madrid, y que ese Juzgado concedió en octubre 2007, prohibiendo a MEDIAPRO la explotación de los derechos audiovisuales de clubes de fútbol de los que era titular. La Audiencia Provincial de Madrid revocó en julio de 2008 dichas medidas cautelares.

El auto reconfirma el buen proceder de MEDIAPRO en la que fue conocida como “la guerra del fútbol” y la ilicitud de las pretensiones de PRISA, que, tras casi diez años de conflicto, han sido una y otra vez penalizadas por los tribunales. El auto establece que las medidas cautelares dictadas por el Juzgado 36 permitieron a PRISA la explotación de unos derechos propiedad de MEDIAPRO privando a esta de la explotación de los mismos y provocándole daños y perjuicios por valor de 51 me.

La historia se remonta a agosto de 2007, cuando PRISA acusó a MEDIAPRO de incumplimiento contractual y de forma arbitraria dejó de darle la señal de los partidos de fútbol para sus clientes, en concreto, para las televisiones en abierto y la distribución internacional. PRISA pretendía que MEDIAPRO no podía firmar contratos por su cuenta con clubes de fútbol, pretensión ésta que MEDIAPRO tachaba de abiertamente contraria a las leyes de la competencia. La prepotente postura de PRISA desencadenó lo que en su momento se llamó “la guerra del fútbol”. En enero de 2015 la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, por unanimidad de sus cinco magistrados, dictó sentencia a favor de MEDIAPRO.

El auto judicial dictado ayer es firme y no recurrible y debe ejecutarse, en primer término, con cargo a la caución de 50 millones prestada en su día por PRISA.

Prensa

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